Patrimonio

Extinción de condominio en herencia 2026: la guía fiscal paso a paso

P Pedro de Temple 14 min de lectura
Extinción de condominio en herencia 2026: la guía fiscal paso a paso

Cuando dos o más personas heredáis el mismo inmueble, típicamente la vivienda de unos padres entre varios hijos, os convertís automáticamente en copropietarios en proindiviso. Es decir, cada uno es dueño de una parte ideal del piso, pero ninguno es dueño de una habitación concreta.

Y eso, a la larga, genera fricción: hay que decidir si se vende, si se alquila, quién paga los gastos comunes, qué se hace con la hipoteca si la había, cómo se reparte el dinero del IBI cuando llega. Muchas familias deciden que uno de los herederos se quede con la vivienda y compense al resto con dinero. Esa operación tiene nombre legal y fiscal propio: se llama extinción de condominio.

Y aquí viene lo importante: hacerlo como extinción de condominio, no como compraventa entre hermanos, puede ahorraros decenas de miles de euros en impuestos. Pero hay plazos, hay condiciones técnicas y hay errores frecuentes que cuestan caro.

Esta guía es para que llegues a la notaría sabiendo lo que vas a firmar, sabiendo lo que vas a pagar y, sobre todo, sin pagar más de lo que toca.

¿Qué es la extinción de condominio y cuándo se aplica a una herencia?

La extinción de condominio (también llamada disolución de condominio) es la operación jurídica por la cual los copropietarios de un mismo bien indivisible, normalmente un inmueble, acuerdan que pase a ser propiedad de uno solo, a cambio de que ese único propietario compense económicamente al resto.

Aplicado a una herencia el escenario típico es este:

  1. Fallece uno de tus padres. Te deja, junto con tus hermanos, un piso en herencia.
  2. Aceptáis la herencia ante notario. A partir de ahí los tres (o los que seáis) sois copropietarios al 33,33 % cada uno (en proindiviso).
  3. Uno de los hermanos quiere quedarse con el piso entero. Los otros prefieren cobrar.
  4. Se firma una escritura de extinción de condominio: el hermano que se queda con el inmueble paga a los demás la parte que les corresponde, y el inmueble pasa a ser 100 % suyo.

Por qué es mucho mejor que vender entre hermanos

A primera vista, podría parecer que es lo mismo que si uno de los hermanos comprara la parte del otro. No lo es, ni fiscalmente ni jurídicamente:

La diferencia puede llegar a ser de hasta 10.000 € de ahorro en una operación normal.

Pero ojo: la AEAT y las haciendas autonómicas han endurecido los criterios desde 2023 para evitar abusos. Hacerlo bien, en plazo y con la calificación correcta, marca la diferencia entre el ahorro real y la inspección posterior.

Diferencias clave: extinción de condominio vs. compraventa entre herederos

ConceptoExtinción de condominioCompraventa entre hermanos
Naturaleza jurídicaDisolución de copropiedadTransmisión patrimonial
Impuesto principalAJD (0,5-1,5 %)ITP (6-11 %)
Plusvalía municipalNo se paga (no hay transmisión)Sí se paga
IRPF del vendedorNo hay ganancia patrimonial (si la compensación = valor de mercado)Sí hay ganancia patrimonial
Documentación notarialUna sola escrituraUna compraventa estándar
Requisito claveEl bien debe ser indivisibleNo aplica

Cuándo NO puedes aplicar extinción de condominio

Esto es importante porque mucha gente se entera tarde:

Plazos legales que NO te puedes saltar

La parte que más errores genera. Hay varios cronómetros corriendo a la vez desde el día del fallecimiento:

6 meses para el Impuesto de Sucesiones (ISD)

Antes de que podáis hablar siquiera de extinción de condominio, tenéis que haber aceptado la herencia y haber liquidado el ISD. El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 meses si se solicita la prórroga antes del quinto mes.

Si os pasáis sin liquidar el ISD:

30 días hábiles para AJD tras la escritura de extinción

Una vez firmáis la escritura de extinción de condominio ante notario, tenéis 30 días hábiles para liquidar el AJD en la oficina liquidadora de la comunidad autónoma donde se ubica el inmueble. Pasarse de ese plazo activa recargos iguales a los del ISD.

Coordinar los dos plazos

El error más caro: hacer primero la extinción de condominio antes de tener el ISD liquidado. Eso suele acabar en doble tributación porque la administración entiende que la transmisión es independiente. Primero ISD, después extinción de condominio. Siempre.

Impuestos a pagar: ITP, AJD y plusvalía municipal

Aquí van los números concretos para que no haya sorpresas.

AJD, el impuesto principal

Como ya dijimos, se paga sobre el valor de la operación al tipo autonómico. Tabla resumen 2026:

Sobre un inmueble valorado en 200.000 €, en Cataluña pagaríais 3.000 € de AJD. En Madrid, 1.500 €.

Plusvalía municipal: revisa si toca o no

Antes de 2021, en muchos casos la plusvalía municipal se cobraba también en extinciones de condominio. Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de octubre de 2021 y el Real Decreto-ley 26/2021:

Importante: es un impuesto municipal, así que cada ayuntamiento tiene sus particularidades. Hay que liquidarlo en el ayuntamiento donde está el inmueble en los 6 meses tras la operación.

IRPF, ojo a la compensación

Si la compensación que paga el hermano que se queda con el inmueble es igual o superior al valor de adquisición que tenía en la herencia, los hermanos que reciben dinero no tienen ganancia patrimonial en IRPF (no es una venta para ellos, es una disolución).

Si la compensación es inferior al valor de adquisición, los hermanos que reciben tampoco tributan (no hay ganancia). Si es superior, la diferencia sí podría considerarse ganancia patrimonial. Esto último es muy raro y la AEAT ha confirmado en consultas vinculantes que la disolución no genera alteración patrimonial salvo casos excepcionales.

Caso real: tres hermanos en Cataluña, piso de 240.000 €

Para que veas el ahorro en números reales:

Situación de partida: Pilar, Andrés y Marta heredan en partes iguales el piso de su madre en Granollers. Tasación a fecha del fallecimiento: 240.000 €.

Andrés tiene 36 años y acaba de tener su segundo hijo. Le encaja perfectamente quedarse con el piso porque vive de alquiler en la misma zona. Pilar y Marta prefieren cobrar y se reparten 80.000 € cada una.

Si lo hubieran tramitado como compraventa entre hermanos

Tramitando como extinción de condominio

Ahorro real: 14.400 €. Y todo legal, dentro de plazo, minimizando el riesgo de inspección.

Proceso paso a paso

Si os encajan los plazos y la operativa, este es el camino:

Paso 1, Aceptación de herencia e ISD

Acudís al notario y aceptáis la herencia. Liquidáis el Impuesto de Sucesiones de cada heredero antes del sexto mes desde el fallecimiento. Sin este paso, no podéis hacer nada más.

Paso 2, Decisión entre herederos

Antes de firmar nada, hablad. Si alguno tiene dudas o quiere venderse a un tercero, hay que pararlo aquí. La extinción de condominio requiere acuerdo unánime.

Decidid:

Paso 3, Si el comprador necesita hipoteca, gestionarla en paralelo

Este es el punto crítico que mucha gente subestima. Si el hermano que se queda con el piso necesita financiar la compensación a los demás (caso muy común), tiene que solicitar y aprobar una hipoteca antes de firmar la extinción.

Aquí intervenimos los brókers hipotecarios. La gestión de una hipoteca para extinción de condominio tiene particularidades:

Paso 4, Escritura de extinción ante notario

Una vez la hipoteca está aprobada (si aplica) y todos los herederos están de acuerdo en valoración y forma de pago, se firma la escritura. El notario hace varias cosas:

Paso 5, Liquidación AJD + plusvalía municipal

Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma:

Paso 6, Inscripción registral

Con AJD y plusvalía pagados, se inscribe la escritura en el Registro de la Propiedad. A partir de ese momento el inmueble figura a nombre del hermano que se queda.

¿Y si hay desacuerdo entre herederos?

El escenario más complicado. Si uno de los herederos no quiere participar en la extinción de condominio, porque cree que el valor es muy bajo, porque tiene un problema con otro heredero, porque sospecha algo, no se le puede obligar. La extinción es acuerdo unánime o nada.

Alternativas legales:

Antes de llegar al juzgado, suele compensar acudir a una mediación profesional o sentarse con un asesor jurídico que ayude a las partes a llegar a un valor de consenso. Una extinción judicial puede comerse en gastos de letrado y procurador parte del valor del inmueble.

Cuándo conviene hacerlo en vida vs después del fallecimiento

Pregunta frecuente de los hijos cuando ven que la situación familiar puede acabar mal:

Hacerlo en vida (donación o pacto sucesorio)

Si todavía vivís todos, padres incluidos, hay alternativas a esperar a la herencia:

Hacerlo después del fallecimiento (extinción de condominio sobre herencia)

Es la vía que hemos descrito en esta guía. Tributación generalmente baja por el AJD reducido. Las herencias entre cónyuges, descendientes y ascendientes tienen además bonificaciones autonómicas en el ISD que pueden hacer prácticamente nulo ese impuesto en Madrid, Andalucía, Galicia, Cantabria y otras.

Comparativa fiscal real

En la mayoría de los casos, es más barato hacerlo después del fallecimiento vía extinción de condominio que en vida vía donación. La excepción son CCAA con donaciones muy bonificadas (Madrid, Andalucía, Comunidad de Murcia y Cantabria) donde la donación entre padres e hijos paga muy poco.

Pero la decisión no es solo fiscal: también pesa el deseo de los padres de «dejar las cosas atadas» y evitar conflictos familiares post-mortem.

Preguntas frecuentes sobre extinción de condominio en herencia

¿Puedo hacer la extinción de condominio el mismo día que firmamos la aceptación de la herencia?

Técnicamente sí, pero no es lo recomendable. Lo habitual es:

  1. Aceptación de herencia → escritura notarial → liquidación ISD.
  2. Pasados unos meses (o años), cuando un heredero decide quedarse con el inmueble: escritura de extinción de condominio.

Hacerlo en el mismo día puede levantar la atención de Hacienda y complicar el encaje fiscal. Si es por agilidad, mejor consultar con un asesor antes.

¿Cuánto cuesta el notario y el registro?

Notaría: aproximadamente 0,3-0,5 % del valor de la operación, con un mínimo de 90-150 €. Registro de la Propiedad: similar. Para un inmueble de 240.000 €, los costes notarial + registral suelen rondar los 800-1.500 € combinados.

¿Y si el inmueble tiene hipoteca pendiente?

Hay tres escenarios:

¿Puede uno de los herederos pagar la compensación a plazos?

Sí, jurídicamente es posible. Pero pocos bancos lo aceptan si hay hipoteca implicada, y los hermanos que cobran asumen riesgo de impago. Si vais a pactar pagos a plazos, conviene constituir una garantía (aval, prenda) e inscribirlo en la escritura.

¿Qué pasa si después descubrimos vicios ocultos en el piso?

Ojo: la extinción de condominio no es una compraventa, así que el régimen de saneamiento por vicios ocultos es distinto y más limitado. Si hay sospechas (humedades, derrames, problemas estructurales), conviene encargar una inspección técnica del edificio antes de firmar.

¿Hay alguna bonificación específica para vivienda habitual del que se queda?

Algunas comunidades aplican reducción del AJD si el inmueble pasa a ser vivienda habitual del adjudicatario (típicamente para menores de 35 años o familias numerosas). Hay que comprobarlo CCAA por CCAA. Cataluña, Madrid y Andalucía tienen reducciones en casos concretos.

¿Te encaja una extinción de condominio? Te lo gestionamos

En Global Bróker Group acompañamos a familias que heredan un inmueble en común y necesitan organizar la propiedad sin perder dinero en impuestos ni en tiempo. Nuestro servicio cubre:

Somos intermediarios de crédito inmobiliario acreditados por el Banco de España (registro E-308) y nuestro modelo es de honorarios solo a éxito: si no avanzamos en tu caso, no pagas. La primera consulta es gratuita y sin compromiso.

Calcula tu coste estimado con nuestra calculadora de disolución de condominios, conoce a fondo el servicio de disolución de condominios o, si la herencia tiene más complejidad (deudas, varios inmuebles, sucesión sin testamento), nuestro servicio integral de gestión de herencias e impuestos sucesorios lo cubre todo.

¿Hablamos de tu caso?

Primera consulta gratuita y sin compromiso. Somos brókers hipotecarios acreditados por el Banco de España (E-308) y solo cobramos a éxito.

Sigue leyendo